DIGECA capacitó al personal de Recursos Humanos del IDAAN sobre el uso correcto de las 144 horas adicionales de permiso establecidas en la Ley 15 de 2016, beneficio dirigido a servidores públicos con enfermedades crónicas o discapacidad, así como a padres o tutores de personas con discapacidad dependiente.
Con el objetivo de garantizar los derechos de los servidores públicos y evitar sanciones por el mal uso de los beneficios laborales, la Dirección General de Carrera Administrativa (DIGECA) impartió una capacitación especializada a los analistas de Recursos Humanos y trabajadoras sociales del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN).
La jornada, dirigida por el magíster Edna Reyes, jefa de la sección de Asesoría Legal de la DIGECA, se centró en aclarar el beneficio de las 144 horas adicionales en la aplicación de la Ley 15 de 2016 y el Decreto Ejecutivo 333 de 2019. Durante el conversatorio, se hizo especial énfasis en diferenciar las 144 horas de permiso general, a las que tienen derecho todos los servidores públicos, de las 144 horas adicionales que se otorgar para casos especiales de salud o discapacidad.
Durante la orientación, la especialista en Derecho Administrativo aclaró que las 144 horas adicionales aplica para el servidor público que tiene una enfermedad crónica, involutiva o degenerativa, así como para los servidores públicos con discapacidad. Explicó que en el caso de servidores públicos que sean madres, padres o tutores legales de una persona con discapacidad dependiente de ellos también pueden beneficiarse por estas horas adicionales para acompañarles a sus citas y terapias. Se aclaró que este beneficio para cuidadores no se extiende a servidores públicos con familiares que sean pacientes con enfermedades crónicas involutivas o degenerativas que no tengan una discapacidad.
En el conversatorio se recordó que el tiempo otorgado es un tope máximo anual, contabilizado a partir de la fecha de inicio de labores del servidor, y que debe registrarse en un apartado independiente de su expediente de personal.
Asimismo, se advirtió que la norma exige que, una vez agotada la extensión de estas horas adicionales, la Oficina de Recursos Humanos deberá comenzar a descontar las ausencias médicas de los permisos regulares e incapacidades propias del trabajador.
Con el análisis de este tema, DIGECA busca dotar al personal de la OIRH del IDAAN de las herramientas necesarias para aprobar justificadamente estos permisos, protegiendo el derecho a la equiparación de oportunidades, la estabilidad laboral de quienes realmente lo necesitan y salvaguardando los recursos del Estado.